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La negociación y contratación artística es un tema amplio y complejo. En general, los contratos de colaboración y de representación se aplican cuando el artista llega a un acuerdo profesional con la galería para la comercialización y representación de su producción artística, delimitando el territorio y el tiempo en que perdurará dicho compromiso1.

Los contratos artísticos se refieren a los contratos que tienen por objeto la creación e interpretación artística y literaria y los de espectáculos2. En cuanto a la duración del contrato entre mánager y artista, en la normativa española o europea no existe una duración mínima o máxima para el contrato de representación artística. La media suele estar entre dos y cinco años3.

Un contrato artístico es un acuerdo entre una persona física o jurídica (el mánager) y un artista (artista individual o grupo artístico) mediante el cual este último contrata los servicios de un mánager para que lleve a cabo las gestiones oportunas en nombre del artista1También se refiere a los contratos que tienen por objeto la creación e interpretación artística y literaria y los de espectáculos2.

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